Modalidades de Certificado de defunción
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Modalidades de Certificado de defunción
El certificado de defunción es el documento oficial que acredita el fallecimiento de la persona.
Existen varias modalidades:
A) Certificados Positivos:
Extracto: Es un resumen de la información relativa al hecho del fallecimiento que consta en el Registro Civil. Puede ser de distintos tipos:
Ordinarios: Es el expedido en lengua castellana para aquellas comunidades autónomas cuyo único idioma oficial sea el castellano.
Internacional o plurilingüe: Es el destinado a surtir efecto en los países que hayan ratificado el Convenio de Viena de 8 de septiembre de 1976. Este certificado se expide en el idioma oficial de todos los países firmantes del citado convenio (España, Alemania, Austria, Bélgica, Francia, Grecia, Italia, Luxemburgo, Holanda, Portugal, Suiza, Turquía, Eslovenia, Croacia, Macedonia, Bosnia, Serbia, Polonia, Montenegro, Moldavia, Lituania, Estonia, Rumanía y Bulgaria).
Bilingüe: Siempre que se solicite un certificado en extracto en una Comunidad Autónoma que tenga su propio idioma oficial, éste será emitido en castellano y en el idioma oficial de la Comunidad Autónoma en el que se expida.
Literal: Es una copia literal de la inscripción de defunción, conteniendo todos los datos relativos a la identidad del fallecido y al hecho del fallecimiento.
B) Certificados Negativos: Acreditan que no está inscrito el fallecimiento de una persona en ese Registro Civil.
Existen varias modalidades:
A) Certificados Positivos:
Extracto: Es un resumen de la información relativa al hecho del fallecimiento que consta en el Registro Civil. Puede ser de distintos tipos:
Ordinarios: Es el expedido en lengua castellana para aquellas comunidades autónomas cuyo único idioma oficial sea el castellano.
Internacional o plurilingüe: Es el destinado a surtir efecto en los países que hayan ratificado el Convenio de Viena de 8 de septiembre de 1976. Este certificado se expide en el idioma oficial de todos los países firmantes del citado convenio (España, Alemania, Austria, Bélgica, Francia, Grecia, Italia, Luxemburgo, Holanda, Portugal, Suiza, Turquía, Eslovenia, Croacia, Macedonia, Bosnia, Serbia, Polonia, Montenegro, Moldavia, Lituania, Estonia, Rumanía y Bulgaria).
Bilingüe: Siempre que se solicite un certificado en extracto en una Comunidad Autónoma que tenga su propio idioma oficial, éste será emitido en castellano y en el idioma oficial de la Comunidad Autónoma en el que se expida.
Literal: Es una copia literal de la inscripción de defunción, conteniendo todos los datos relativos a la identidad del fallecido y al hecho del fallecimiento.
B) Certificados Negativos: Acreditan que no está inscrito el fallecimiento de una persona en ese Registro Civil.
Re: Modalidades de Certificado de defunción
Una consulta : ¿ Se tramitan en Reniec? ¿Trámites y Costos ? ¿A nivel Nacional o solo desde algunos departamentos se puede realizar ?
wilber.espinoza- Mensajes : 4
Fecha de inscripción : 18/01/2017
Re: Modalidades de Certificado de defunción
Cuando un peruano muere se puede obtener, sin costo alguno, el acta o partida de defunción correspondiente, inscribiendo el deceso en una municipalidad o en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC). Si se elige esta segunda opción, las copias de dicha partida pueden solicitarse en cualquiera de las agencias que el organismo registral tiene en el país o en las Plataformas Virtuales Multiservicios (PVM) instaladas en Lima y Callao.
Para la inscripción se requiere el certificado de defunción, documento que suscribe un médico dando fe de que la persona ha dejado de existir y señalando la causa del fallecimiento. Si se trata de una muerte violenta –producto de un accidente, suicidio u homicidio–, el certificado debe ser firmado por un médico legista e ir acompañado del protocolo de necropsia, y de un parte judicial o un oficio de un juez o fiscal.
Después de emitida el acta, la información que contiene se traslada al RENIEC, que procede a restringir el Documento Nacional de Identidad (DNI) del difunto.
Si la muerte ocurre en el extranjero, las oficinas consulares la registran y la comunican al RENIEC.
En algunos lugares el registro se hace a mano y en otros, utilizando un acta electrónica.
Próximamente el RENIEC pondrá a disposición del Ministerio de Salud (MINSA) un sistema que permitirá, de manera electrónica, la verificación de la identidad del difunto y la emisión del certificado de defunción.
Otros datos
Cualquier persona puede inscribir una defunción, siempre y cuando se identifique con su DNI y presente los documentos exigidos.
No es necesario que el acta de defunción se tramite en la municipalidad o agencia del RENIEC ubicada en el distrito donde vivía el difunto o donde ocurrió la muerte.
El RENIEC cobra S/ 10 soles por una copia certificada de partida de defunción.
Para la inscripción se requiere el certificado de defunción, documento que suscribe un médico dando fe de que la persona ha dejado de existir y señalando la causa del fallecimiento. Si se trata de una muerte violenta –producto de un accidente, suicidio u homicidio–, el certificado debe ser firmado por un médico legista e ir acompañado del protocolo de necropsia, y de un parte judicial o un oficio de un juez o fiscal.
Después de emitida el acta, la información que contiene se traslada al RENIEC, que procede a restringir el Documento Nacional de Identidad (DNI) del difunto.
Si la muerte ocurre en el extranjero, las oficinas consulares la registran y la comunican al RENIEC.
En algunos lugares el registro se hace a mano y en otros, utilizando un acta electrónica.
Próximamente el RENIEC pondrá a disposición del Ministerio de Salud (MINSA) un sistema que permitirá, de manera electrónica, la verificación de la identidad del difunto y la emisión del certificado de defunción.
Otros datos
Cualquier persona puede inscribir una defunción, siempre y cuando se identifique con su DNI y presente los documentos exigidos.
No es necesario que el acta de defunción se tramite en la municipalidad o agencia del RENIEC ubicada en el distrito donde vivía el difunto o donde ocurrió la muerte.
El RENIEC cobra S/ 10 soles por una copia certificada de partida de defunción.
Luis Robles Grau- Mensajes : 8
Fecha de inscripción : 13/01/2017
Edad : 54
Localización : Lima
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